Instancia
Plazo de instancias de la convocatoria: Hasta 27/03/2025.
Presentación de la instancia: Registro general del Ayuntamiento de Andorra
Requisitos para la oposición
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
b) Edad: Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 13 de noviembre de 2014, en el asunto C-416/13, en aplicación de la Directiva 2000/78/CE del Consejo de fecha 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
c) Titulación: Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia.
d) Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad, ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de la plaza y no estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas que se adjunta como anexo III a las presentes bases.
El reconocimiento médico, conforme al citado cuadro de exclusiones médicas, se llevará a cabo una vez finalizadas las pruebas selectivas.
Si algún aspirante se encontrase incurso en alguna causa de exclusión médica, y previa expedición del correspondiente certificado, el Tribunal Calificador procederá a proponer su eliminación del proceso selectivo.
e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
g) Permisos de conducir vehículos: Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases “A” o “A2”, y “B”. Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Policía Local poseyendo el permiso de conducir de clase “A2” deberán manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase “A”, en el plazo más breve posible, y en cualquier caso, en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionarios de carrera, que presentarán mediante declaración jurada.
h) Compromiso escrito de portar armas y de su utilización, en los casos previstos en la normativa vigente, que prestará mediante declaración jurada.
i) Haber abonado la tasa correspondiente, por los derechos de examen, a la que hace referencia la base tercera o, en su caso, acreditar la documentación exigida en la vigente Ordenanza Fiscal nº 2 del Ayuntamiento de Andorra reguladora de la Tasa por los documentos que expidan o de que entiendan la Administración o las autoridades municipales, a fin de beneficiarse de la exención o bonificación que en ella se establece.
Los aspirantes deberán reunir todos los requisitos exigidos en esta Base Segunda a fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, y cumplir los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta la fecha del nombramiento, con la salvedad regulada en el punto g), que deberá poseerse en la fecha en que se haga pública la relación de aspirantes que hayan superado el curso de formación.
Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.
Pruebas
1. Oposición Libre:
Los ejercicios de la oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguientes:
– 1.1) Examen Test:
Consistirá en contestar a un cuestionario de cien preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, así como a diez preguntas de reserva sobre el contenido comprendido en el anexo I en un tiempo máximo de setenta y cinco minutos, siendo solo una de las respuestas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.
La puntuación de las respuestas será la siguiente:
a) Cada respuesta correcta sumará 0,10 puntos.
b) Las respuestas en blanco no penalizarán.
c) Cada respuesta errónea restará 0,025 puntos.
Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento de Andorra.
Los aspirantes que no superen el ejercicio quedarán eliminados del proceso selectivo.
– 1.2) Pruebas físicas:
Pruebas Físicas: Consistirá en superar las seis pruebas físicas contenidas en el presente apartado. La calificación de cada una de las pruebas físicas será de “apto” o “no apto”, teniendo el carácter de excluyente la no superación de alguna de las seis pruebas, dando lugar a la eliminación del aspirante del proceso selectivo.
Los tiempos máximos para la superación de las distintas pruebas físicas están determinados en las mismas.
En la fecha establecida para la celebración de este ejercicio, cada uno de los aspirantes deberá aportar certificado médico firmado por un colegiado en ejercicio, emitido como máximo tres meses antes del día establecido para la ejecución de las pruebas físicas, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios de aptitud física que figuran en las presentes Bases. No serán admitidos aquellos certificados que no se ajusten a las características anteriormente señaladas.
El aspirante que no aporte el citado certificado, no podrá realizar el ejercicio, y será excluido del proceso selectivo, previo trámite de audiencia.
La presentación de este certificado médico no excluirá la obligación del aspirante que supere el proceso selectivo de presentar el preceptivo certificado médico acreditando no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones propias del cargo.
Para la realización de las pruebas físicas, los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo adecuado.
La ejecución del ejercicio será pública, si bien el Tribunal Calificador podrá limitar el acceso a las instalaciones, en función del aforo disponible y de las características de las pruebas.
Dadas las afecciones a la seguridad y al derecho a la intimidad personal y a la propia imagen de los aspirantes, no se permitirá la realización de grabaciones por cualquier medio audiovisual. El público asistente no podrá realizar manifestaciones que puedan interferir en el desarrollo de las pruebas.
Las pruebas físicas serán las siguientes:
a) Trepa de cuerda lisa sin límite de tiempo hasta la altura de 4,50 metros para mujeres y 5,00 metros para hombres, entendiéndose superada la prueba cuando los pies hayan rebasado dicha altura. Esta prueba podrá ser repetida hasta en tres intentos, dentro de la realización del ejercicio.
b) Levantamiento de peso con las dos manos, desde el suelo a la vertical por encima de la cabeza y con los brazos totalmente extendidos, por tres veces consecutivas, de un peso de 32 kilos para las mujeres y 40 kilos para los hombres. Esta prueba podrá ser repetida en tres intentos, dentro de la realización del ejercicio.
c) Nadar en estilo libre una distancia de 50 metros, en un tiempo máximo de 54 segundos para mujeres 46 segundos para hombres (piscina de 25 metros).
d) Salto de longitud, con carrera previa, de 3,50 metros para las mujeres y 4,20 metros para los hombres. Esta prueba sólo podrá ser repetida hasta en tres intentos, dentro de la realización del ejercicio.
e) Salto de altura de 80 centímetros para los hombres y 67,5 centímetros para las mujeres. El salto se realizará partiendo de posición de reposo sobrepasando un listón a la altura respectiva, que estará situado frente al aspirante, en tres intentos, debiendo caer sobre las extremidades inferiores una vez superado.
f) Carrera de 1.500 metros lisos sobre pista, en un tiempo máximo de 6,43 minutos para las mujeres y 5,46 minutos para los hombres.
Tras la realización de las pruebas físicas, podrán realizarse controles antidopaje a todos los aspirantes, o a aquellos que al azar les corresponda.
Si un aspirante presenta en estos controles niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximos admisibles por el Consejo Superior de Deportes u otros organismos competentes, será declarado “no apto” y eliminado por parte del Tribunal de Selección.
En este sentido, la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como los métodos no reglamentarios de dopaje, será la contemplada en la “Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte”, publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, número 317, de 4 de diciembre de 2020, o relación oficial posterior que la sustituya.
La no presentación al control o la negativa a su realización, implicará presunción de positividad de la muestra y, por tanto, supondrá que el Tribunal de Selección otorgue la calificación de “no apto” y eliminado.
En caso que el control dé un resultado positivo, el aspirante podrá solicitar la realización inmediata de un contra-análisis de su muestra de orina. Si el resultado confirma el positivo, el Tribunal de Selección calificará al aspirante como “no apto” y eliminado.
– 1.3) Pruebas Psicotécnicas:
Estarán dirigidas a determinar la aptitud psicológica y adecuación de los aspirantes al perfil de las plazas objeto de la convocatoria, teniendo en cuenta las siguientes características profesionales propias de la plaza de Policía Local:
- Personalidad: estabilidad emocional, control, responsabilidad y otras similares.
- Aptitudes intelectuales: razonamiento lógico, memoria, rapidez perceptiva y otras similares.
- Capacidad de trato con el ciudadano.
- Capacidad de adaptación, trabajo y responsabilidad.
– 1.4) Examen Desarrollo:
Consistirá en desarrollar por escrito uno o varios supuestos prácticos, relacionados con los temas recogidos en el anexo I de las presentes Bases, de las materias específicas, y más concretamente con el ejercicio de las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria.
Se valorará la expresión y claridad en la exposición.
El tiempo de realización del ejercicio será como máximo de dos horas.
Para la resolución del supuesto práctico, los opositores podrán hacer uso de los textos legales no comentados en soporte papel de los que vengan provistos.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Los aspirantes que no superen el ejercicio quedarán eliminados del proceso selectivo.
Temario
Parte primera
Tema 1. La Constitución: antecedentes, estructura y contenido. Principios constitucionales y valores fundamentales. Título preliminar.
Tema 2. Organización territorial del Estado en la Constitución: principios generales. La Administración Local. El Estatuto de Autonomía de Aragón: estructura, características generales y títulos preliminar, II, III, V y VI.
Tema 3. La Administración Pública en la Constitución. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: estructura, principios generales y ámbito de aplicación. El administrado. El procedimiento administrativo: concepto y fases. Disposiciones generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tema 4. El municipio. Población. Territorio. Organización. Régimen de organización de los municipios de gran población. Competencias.
Tema 5. Presupuesto. Régimen jurídico de los ingresos y gastos locales.
Tema 6. El empleo público. El personal al servicio de las corporaciones locales: estructura y clases.
Tema 7. Derechos y deberes del funcionario público. Incompatibilidades. El régimen de responsabilidad civil y penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.
Tema 8. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Seguridad Social: régimen general. Entidades gestoras y colaboradoras. Inscripción y afiliación. Contingencias protegidas. Prestaciones. Prevención de Riesgos Laborales: normativa, obligaciones de la empresa y del trabajador y servicios de prevención.
Parte segunda
Tema 9. La Policía y su función en la sociedad. La seguridad. Concepto. Seguridad individual y seguridad colectiva. Seguridad pública y seguridad privada. La inseguridad. Teorías explicativas de la delincuencia: Concepto, modelos explicativos y clases de delincuencia.
Tema 10. El fenómeno de la marginación. Causas, efectos y problemática social. Las migraciones en la actualidad. Integración social: factor de cohesión social.
Tema 11. El problema del consumo de droga y alcohol en la sociedad actual. Repercusiones en la seguridad ciudadana. Instrumentos de apoyo al drogodependiente.
Tema 12. Título preliminar del Código Penal. De los delitos (libro I, título I, capítulo I). Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal (libro I, título I, capítulos II, III, IV, V y VI). Personas criminalmente responsables de los delitos (libro I, título II).
Tema 13. De las penas, sus clases y efectos (libro I, título III, capítulo I). De las medidas de seguridad (libro I, título IV, capítulo I).
Tema 14. Del homicidio y sus formas (libro II, título I). De las lesiones (libro II, título III). Delitos contra la libertad (libro II, título VI).
Tema 15. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral (libro II, título VII). De la trata de seres humanos (libro II, título VII bis). Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales (libro II, título VIII).
Tema 16. De la omisión del deber de socorro (libro II, título IX) y delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio (libro II, título X).
Tema 17. Delitos contra el patrimonio (hurtos, robos, robo y hurto de uso de vehículos, de las defraudaciones, de los daños, contra la propiedad industrial, contra la propiedad intelectual) (libro II, título XIII).
Tema 18. Delitos contra la salud pública (libro II, título XVII, capítulo III). Delitos contra la seguridad vial (libro II, título XVII, capítulo IV).
Tema 19. Delitos contra la Administración Pública (libro II, título XIX).
Tema 20. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales (libro II, título XXI, capítulo V).
Tema 21. Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia (libro II, título XXII).
Tema 22. Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores: Títulos I y II.
Tema 23. Ley de Enjuiciamiento Criminal: De la denuncia. De la querella. De la inspección ocular. Del cuerpo del delito. De la identidad del delincuente. Del informe pericial. De la detención.
Tema 24. Del procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos (libro IV, título III), y el procedimiento para el juicio de delitos leves.
Tema 25. Políticas de igualdad de Género. La Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Tema 26. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Tema 27. Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Tema 28. Reglamento de Armas: clasificación de las armas reglamentarias, armas prohibidas. Guías de pertenencia, licencias, tarjetas y autorizaciones especiales. Disposiciones sobre tenencia y uso de armas. Régimen sancionador.
Tema 29. Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón y normativa de desarrollo.
Tema 30. La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Tema 31. Reglamento General de Circulación: Ámbito de aplicación. Normas generales de comportamiento en la circulación (título I). Circulación de vehículos (título II). Otras normas de circulación (título III).
Tema 32. Reglamento General de Conductores: De las autorizaciones administrativas para conducir (título I).
Tema 33. Reglamento General de Vehículos: Normas generales (título I). Homologación, inspección y condiciones técnicas de los vehículos de motor, remolques y semirremolques (título II). Autorizaciones de circulación de vehículos (título IV). Anexos. Real Decreto 920/17, de 23 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
Tema 34. Socorrismo y primeros auxilios básicos: R.C.P., hemorragias, traumas y quemaduras. El ordenador: sistema operativo y procesador de textos. Las redes informáticas. Internet e Intranet. Redes sociales. Transmisiones.
Tema 35. La Ley 11/2005, de Establecimientos, Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Aragón y normas de desarrollo (Reglamento de admisión, Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, ocasionales y extraordinarias, Catálogo de espectáculos públicos).
Tema 36. Régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón. Legislación estatal en materia de animales. Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y disposiciones que desarrollen y actualicen la misma.
Tema 37. Actividad Comercial en Aragón. Venta Ambulante en Aragón. Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
Tema 38. Ordenanza Municipal de Urbanidad de Andorra.
Tema 39. Ordenanza reguladora de los Recintos Utilizados como Locales de Ocio de Uso Privado de Andorra.
Tema 40. Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Andorra reguladora de la tenencia responsable de animales de compañía.
Tema 41. Aspectos fundamentales de la historia y geografía de Andorra.
Tema 42. La disciplina urbanística. Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón.










