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Comunicado de AIL-POLD en el que se pone de manifiesto que la justicia da la razón al guardia urbano Vicente Flores

Desde ISFES queremos haceros llegar el comunicado de AIL-POLD en el que se pone de manifiesto que la justicia da la razón al guardia urbano Vicente Flores contra el Ayto. de Barcelona tras la resolución de la ONU.

La Justicia vuelve a poner en valor los dictámenes de los Comités de la ONU: El Ayuntamiento de Barcelona deberá cumplir con un Dictamen del Comité sobre Derechos de las Personas con Discapacidad en el caso de un guardia urbano.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Barcelona ha determinado que el Ayuntamiento de Barcelona deberá cumplir con el Dictamen del Comité de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad en el caso de VFC c. España.
La sentencia, fechada el pasado 16 de noviembre, ordena al Ayuntamiento a someter a una evaluación funcional alternativa a Vicenç Flores, un agente de la Guardia Urbana de Barcelona que fue jubilado forzosamente del cuerpo tras sufrir una incapacidad por un accidente de trabajo en 2009.
El 2 de abril de 2019, tras un largo periplo judicial ante los tribunales españoles, el Comité de la ONU entendió que el Estado había discriminado al Sr. Flores al negarle el paso a segunda actividad y recomendó a las autoridades públicas que evaluarán sus capacidades para permanecer en el cuerpo de policía y lo compensaran por los gastos judiciales ocasionados.

En su sentencia, el Juzgado ordena al Ayuntamiento de Barcelona implementar el contenido del dictamen. El Juez, además, determinó que la negativa del Ayuntamiento de Barcelona a cumplir la decisión del Comité vulneró el derecho de Vicenç Flores a la igualdad y no discriminación y a la tutela judicial efectiva.
Tras conocer el contenido del fallo, el Sr. Flores expresó:
“A lo largo de estos 11 años he vivido una travesía por el desierto lleno de obstáculos que bien me podrían haber llevado a ninguna parte. Por suerte en ese camino me han ayudado muchas personas (Leonor Lidón desde CERMI, Àngel Gómez-Quintero de AILMED, familiares y amigos). Y evidentemente a Rafael y Héctor de Gentium. Pero las cosas difíciles requieren de un largo camino y, aunque tuvimos muchos fracasos, aprendimos de cada uno de ellos y jamás perdimos el entusiasmo y el coraje de continuar por lo que considerábamos una causa justa.
Como diría Antonio Machado, «Caminante no hay camino, se hace camino al andar». Pues eso he intentado realizar estos últimos años ayudando a compañeras y compañeros de toda España con la misma problemática desde la Asociación para la Integración Laboral de Policías Locales con Discapacidad (AIL-POLD). Espero que el Ayuntamiento de Barcelona se plantee de una vez por todas subsanar lo que ya se acreditó con el Dictamen de la ONU y ahora con esta sentencia. Y no recurra y repare el daño causado. Aunque creo que todavía no ha finalizado este proceso ni mucho menos para el colectivo de personas con discapacidad donde todavía existen muchas metas que conseguir. Lo que tengo claro es que seguiremos luchando para que se hagan realidad”.

Rafael Cid, Presidente y Director de estrategia jurídica de la ONG Gentium, que representó al Sr. Flores en el procedimiento, declaró: “Creemos que esta sentencia es importante desde dos perspectivas: en primer lugar, es un avance en el reconocimiento de una interpretación del derecho a la igualdad de las personas con discapacidad en el ámbito laboral acorde con los estándares internacionales marcados por el CDPD. En segundo lugar, esta sentencia es una buena noticia para los derechos humanos en general, en la medida en que implica otro reconocimiento explícito de la consideración de los dictámenes de los Comités ONU para la protección de los Derechos Humanos como presupuesto habilitante para solicitar su cumplimiento ante las autoridades nacionales”.

El fallo del Juzgado de la Ciudad Condal sigue el precedente sentado por el Tribunal Supremo en 2018, cuando declaró que el Estado debía pagar 600.000 a Ángela González Carreño por el asesinato de su hija a manos de su expareja, tras haber recibido aquélla un dictamen favorable del Comité de la ONU para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW). Este fallo del Tribunal Supremo, aplaudido entre las organizaciones de derechos humanos, abrió la puerta para que víctimas reclamaran a las autoridades el cumplimiento de dictámenes de Comités de la ONU emitidos en su favor. La reciente sentencia del Juzgado núm. 4 de Barcelona confirma esta posibilidad, supone un avance en el reconocimiento y la efectividad de los derechos humanos en España y contribuye a al alineamiento de los derechos de las personas con discapacidad con los estándares internacionales.
El Ayuntamiento de Barcelona cuenta con un plazo de 15 días hábiles para recurrir la sentencia.


Vicenç Flores es Presidente de la Asociación para la Integración Laboral de Policías Locales con Discapacidad. Para más información, contactar
ailpold.president@gmail.com; 722 192 702.
Sobre Gentium: Gentium es una asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es promover el acceso a la justicia de víctimas de violaciones de derechos humanos pertenecientes a grupos vulnerables. Gentium desarrolla litigios estratégicos y de interés público, así como actividades de incidencia, formación y capacitación, y aúna abogados, expertos internacionales en derechos humanos e investigadores. Para más información, contactar con Rafael Cid Rico: rcid@gentium.org; 616 599 526.

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